Ley de Autónomos: novedades en 2022

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Si trabajas por cuenta propia o tienes una pyme, es importante que conozcas todas las novedades para los autónomos que trae este 2022, sobre todo en materia de cotización. Desde la aprobación de la Ley de Autónomos en octubre de 2017 se han producido diversos cambios respecto a las cotizaciones a la Seguridad Social, los gastos deducibles y las bonificaciones; cambios para favorecer la conciliación familiar…

En este post te explicamos todas las novedades para los autónomos de forma clara, sencilla y por partes. ¡Empezamos!

  1. Bonificaciones
  2. Cambios en la cotización
  3. Nuevas coberturas sociales
  4. Devoluciones por exceso de cotización en pluriactividad
  5. Recargos por retrasos en el pago de la cuota
  6. Gastos deducibles en el IRPF
  7. Exención en el IRPF de las prestaciones por maternidad

Bonificaciones desde la Ley de Autónomos y cambios en 2022

El Boletín Oficial del Estado publicaba el 25 de octubre de 2017 la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. Desde entonces, se han ido conociendo diferentes aspectos que en el texto no quedaban del todo claros y que vamos a repasar en este apartado.

Como hemos adelantado, los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2022 han traído ciertas novedades en la fiscalidad y las deducciones de los trabajadores autónomos. Concretamente estas novedades se recogen en la Ley 22/2021, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

En cuanto a las bonificaciones para autónomos vigentes en 2022, existen más de diez diferentes para reducir la cuota mensual a pagar. Te explicamos a continuación algunas de las más destacadas.

Nuevos autónomos

Desde el 1 de enero de 2019 la tarifa plana para nuevos autónomos es de 60 euros al mes. El principal requisito a cumplir para beneficiarse de la tarifa plana es no haber estado de alta como autónomo en los dos años anteriores.

Con la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, el periodo de tiempo sin cotizar en autónomos para acceder a la bonificación se reducía de los cinco a los dos años, con excepción de aquellas personas que en el pasado se hubieran dado de alta como autónomos y hubieran disfrutado de la tarifa plana.

La cuantía de la tarifa plana se va incrementando en función del tiempo:

  • Durante los primeros 12 meses: cuota de 60 euros. Inicialmente la bonificación era del 80% de reducción de la cuota, pero la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo redondeó esta cantidad hasta los 50 euros que actualmente se sitúa en 60 euros.
  • Meses 12 a 18:50% de reducción durante el segundo semestre.
  • Meses 18 a 24:30% de reducción durante el siguiente semestre.

Personas con discapacidad

Las bonificaciones para autónomos con un grado de discapacidad igual o superior al 33% quedan de la siguiente forma:

  • Primeros 12 meses: reducción a 60 euros mensuales por la cuota por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal en el caso de optar por base de cotización mínima. En caso de cotizaciones superiores la reducción será del 80% de reducción de la cuota.
  • Meses 13 a 60.Con independencia de la base de cotización elegida, podrá aplicarse una bonificación del 50% sobre la cuota por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, durante 48 meses hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la fecha de efectos del alta.

Cabe destacar que estas bonificaciones también se aplican para las víctimas de violencia de género y las del terrorismo.

Mujeres autónomas menores de 35 y hombres menores de 30 años

En el caso de los autónomos menores de 30 y las mujeres menores de 35 años, se ampliarán las reducciones en la cuota durante un año más, hasta los 36. Además de los 24 meses de bonificación previstos de manera general por la tarifa plana.

Por conciliación laboral y familiar

Se ofrecen bonificaciones de entre el 50% y el 100% a los autónomos que contraten a un empleado para encargarse de su negocio mientras se ausentan por cuidado de menores de 12 años o personas dependientes.

Cambios en la cotización por la Ley de Autónomos

La principal novedad de este año es la subida de la cuota. La cuota de autónomo es el porcentaje a pagar en función de la base de cotización o sueldo que estimas que vas a ganar con tu actividad.. Para estipular este importe, se tienen en consideración factores como el salario mínimo, indicadores económicos o beneficios de la seguridad social.

La cuota de autónomos tiene una vigencia de 12 meses, por lo que varía cada año y se establece una base de cotización mínima y otra máxima.

Base mínima en 2022 marcada por la Ley de Autónomos

Aunque el cambio en la cuota de autónomos se aprueba este año, no se hará efectivo hasta el 2023. De esta manera la base mínima de cotización pasa de los 944,40 euros en 2019 a los 960,60 euros mensuales.

Estos cambios dejan una subida de casi 8 euros mensuales en concepto de cuota de autónomos, que se sitúa en 294 euros al mes en 2022. En caso de que el autónomo cotice por la base máxima, que se sitúa en 4.139,4 euros, la cuota ascenderá a 1.266,66 euros mensuales.

Además, este incremento es resultado de la subida también del tipo de cotización que aumenta del 29,8% al 30,3% y que incluye las prestaciones por contingencias profesionales, cese de actividad y formación que se añade a las contingencias comunes.

Así, los tipos de cotización son los siguientes:

  • El 28,30% para contingencias comunes.
  • Para las contingencias profesionales, el 1,30%.
  • El 0,9% por cese de actividad.
  • El 0,1% por formación profesional.

Nuevas coberturas sociales con la Ley de Autónomos

Estos tipos de cotización permiten a los autónomos beneficiarse de coberturas sociales a las que antes no podían acceder, como:

  • Cobro de la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja.
  • Posibilidad de no pagar la cuota de autónomos a partir del segundo mes de baja por incapacidad temporal.
  • Mayor acceso a la prestación por cese de actividad cuya duración aumenta de 12 a 24 meses.
  • Cobro de la pensión completa para los jubilados autónomos que tienen empleados. Antes era únicamente del 50%.
  • Acceso a la formación continua. 

Devoluciones por exceso de cotización en pluriactividad

La ley de emprendedores también introdujo una bonificación del 50% para nuevos autónomos en pluriactividad siempre que causen alta inicial como autónomos.

Además, los autónomos que hayan cotizado en 2021 en régimen de pluriactividad por una cuantía superior a 13.822 euros, tendrán derecho a una devolución del 50% del exceso en que sus cotizaciones ingresadas superen la mencionada cuantía.

Recargos por retrasos en el pago de la cuota

La última Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo determina una serie de recargos para las cuotas que se abonen fuera de plazo. Se activa un sistema de recargos al transcurrir el plazo para el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social.

Si el abono se produce dentro del primer mes tras el vencimiento, se aplicará un recargo del 3% de la deuda. Mientras que si se paga en el tercer mes el recargo es del 10%..

Gastos deducibles en el IRPF

Respecto a las deducciones fiscales para autónomos, la nueva Ley de Autónomos introducía dos grandes novedades en 2018.

Por un lado, con relación a los suministros domésticos. Si teletrabajas desde tu casa y lo has notificado a Hacienda, puedes deducir un 30% en el IRPF de la electricidad, gas, agua, telefonía e internet que utilices para el desarrollo de tu actividad.

Por otro lado, teniendo en cuenta los gastos por manutención, se pueden deducir hasta 27,27 euros diarios y 48 en el extranjero, en concepto de gastos de dietas y manutención, siempre y cuando:

  1. Se paguen por medios electrónicos
  2. Disponga de factura
  3. Se produzcan en locales de restauración y hostelería
  4. Estén relacionados con el desarrollo de la actividad profesional

Es importante, por lo tanto, que incluyas todos los gastos citados anteriormente en tu declaración de la renta.

Exención en el IRPF de las prestaciones por maternidad

Una de las novedades del 2019 era referente a la exención en el IRPF de las prestaciones de maternidad o paternidad. Ya no es obligatorio declarar dichas prestaciones como rentas.

Los trabajadores por cuenta propia contarán con una bonificación total de la cuota durante su baja por maternidad, paternidad, adopción o riesgos durante el embarazo o la lactancia.

Ahora que hemos hecho un repaso de las novedades destacadas sobre la ley de autónomos en 2022, te recomendamos que eches un vistazo a otro de nuestros posts sobre autónomos.

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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