Significado
Las empresas suelen emitir diferentes títulos –por ejemplo, acciones– para financiarse y así poder llevar a cabo sus proyectos. Y estos títulos tienen que estar clasificados en base a su calidad crediticia. Es decir, según la capacidad que tiene la empresa para hacer frente al pago de las deudas. Así, estos se clasifican según el orden de prelación.
Pero, ¿cuál es el significado de este término? El concepto orden de prelación hace referencia a la prioridad que tiene una persona o asunto con respecto a otros. Se aplica, por ejemplo, en el caso de pago de deudas.
¿Quién cobra primero en caso de quiebra?
Si se diese el caso de que una empresa en la que has invertido tu dinero quebrase o se encontrase en una situación de suspensión de pagos, este sería el orden de prelación en el que dicha empresa pagaría sus deudas. Y, por tanto, el orden en el que tú, y el resto de acreedores, cobrarías según los títulos que tuvieseis:
- Títulos especiales: los acreedores que posean algún título especial serían los primeros en cobrar. Esto es así porque llevan aparejados algún tipo de garantía y preferencia de cobro frente a los demás.
- Títulos generales u ordinarios: son los que conocemos como obligaciones y ocupan el segundo puesto en cuanto a seguridad y garantía de cobro.
- Deuda subordinada: estos títulos poseen una calidad mucho peor que las anteriores en cuanto a garantía de devolución. Aquí podemos encontrar, por ejemplo, los bonos subordinados o las preferentes.
- Acciones: las personas que adquieren acciones se convierten en socios de la empresa, ya que compran una proporción de esta. De este modo, obtienen un mayor dividendo que los demás porque también asumen un mayor riesgo. Este riesgo consiste en que, en caso de que la empresa quiebre, pierdan su dinero.
Ejemplo
Una empresa ha emitido distintos títulos por valor de 100.000€: 25.000€ son cédulas hipotecarias (títulos especiales), 25.000€ son bonos, otros 25.000€ corresponden a preferentes y los últimos 25.000 a acciones. El mes pasado esta empresa entró en suspensión de pagos y solo puede abonar 75.000€ más los intereses generados. Por orden de prelación este sería el cobro de los acreedores de la empresa:
- A los poseedores de las cédulas hipotecarias se les reembolsaría el dinero.
- A los que tienen bonos también les devolverían el importe.
- Los de las preferentes también verían abonadas sus inversiones.
- Sin embargo, los accionistas perderán su dinero, porque serían los últimos en cobrar y la empresa solo puede abonar 75.000€.
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