Cada vez son más los contribuyentes que deciden realizar el abono de su declaración en dos cuotas separadas por menos de medio año. Una opción que brinda la Agencia Tributaria y que beneficia, sobre todo, a aquellas rentas que necesitan cierta flexibilidad para afrontar su compromiso con Hacienda a través de un pago fraccionado.
A continuación comprobarás en qué situaciones se puede realizar el pago en esta modalidad, cuáles son las ventajas de fraccionarlo y cuándo y cómo se puede realizar. Continúa leyendo y descubre todos los detalles.
- Segundo plazo de la Renta, requisitos para poder solicitarlo
- Ventajas de realizar el pago fraccionado
- Sanciones de no realizar el segundo pago a tiempo
- Cuándo, cuánto y cómo solicitar el pago fraccionado
- Fechas importantes
Segundo plazo de la Renta, requisitos para poder solicitarlo
Lo primero que tienes que tener claro son los requisitos para poder solicitar el pago
fraccionado de la Renta. Es imprescindible:
- Que la declaración la hayas presentado dentro del plazo establecido en el calendario fiscal y que no se trate de una autoliquidación complementaria.
- Al mismo tiempo, en el momento que se presente la declaración se deberá efectuar el abono del 60% del importe a declarar. Correspondiendo dicha cuantía al primer plazo que finaliza el 30 de junio.
Ventajas de realizar el pago fraccionado
Hacer frente al pago de la declaración de la Renta a Hacienda es una obligación que, como ciudadano, tienes que asumir. Por eso, flexibilizar el método de pago será una opción interesante especialmente si tienes gastos con los que no contabas como pagar la avería de tu coche o hacer frente al pago del seguro. De esta manera, fraccionar el pago en dos plazos te permite hacer frente a tus obligaciones de una forma más desahogada.
Además, en caso de que necesites disponer de un plazo más amplio para pagar dicho
impuesto, puedes consultar las opciones de fraccionamiento o de traspaso de dinero de tarjeta de crédito a cuenta disponibles en ABANCA.
Sanciones/recargos por no realizar el pago a tiempo
Si no haces frente al pago de la declaración de la renta en el plazo indicado, Hacienda aplicará recargos a la deuda que contraigas con la institución. En este caso, dependiendo del tiempo que tardes en pagarla, los recargos aumentarán más o menos:
- En el caso de que se haga sin requerimiento previo de la Administración, el porcentaje del recargo será de un 1%, aumentando un 1% por cada mes de retraso; si la presentación se produce pasados 12 meses del plazo establecido, el recargo será del 15% más intereses de demora.
- Si se presenta (y paga) la declaración a raíz de un requerimiento previo de la Inspección podrían existir sanciones.
- Por otro lado, si lo que no se ingresa en plazo es el segundo pago se iniciará la vía ejecutiva por lo que podrán girarse los siguientes recargos:
- Recargo del 5%: si el contribuyente paga su deuda después del 5 de noviembre pero antes de recibir aviso oficial de Hacienda.
- Recargo del 10%: si el contribuyente paga su deuda, pero, tras recibir una notificación de la Agencia Tributaria.
- Recargo del 20%: si después del aviso una persona sigue sin pagar, se añadirá un interés de demora del 4.0625% además del aumento del recargo de la deuda.
Cuándo, cuánto y cómo solicitar el pago fraccionado
Una vez que sabes cuáles son los requisitos para solicitar el pago fraccionado, debes tener claro cuáles serán las fechas para realizar los abonos correspondientes. Además, dependiendo de si se ha domiciliado o no el pago, los plazos varían:
- En caso de que se haya domiciliado el pago del segundo plazo de la Renta en cuenta, antes del 5 de noviembre de 2025, la entidad bancaria correspondiente se encargará de adeudar el importe. Es importante disponer de saldo en la cuenta para que no haya ningún problema a la hora de realizar el cargo.
- Por otro lado, si en el momento de presentar la declaración de la Renta no se
domicilió en cuenta el pago del segundo plazo podrás hacerlo por teléfono o en cualquiera de las entidades colaboradoras presentando el modelo 102. Tienes como plazo hasta el 5 de noviembre de 2025 (inclusive).
Cuando se presente la declaración de forma online, para solicitar esta forma de pago deberás hacerlo marcando la opción de pago fraccionado a través de la web de la Agencia Tributaria. Por el contrario, si la declaración se hace de forma presencial en una entidad o cualquier oficina de Hacienda, deberás indicarlo a la persona correspondiente.
Finalizado el primer plazo del pago fraccionado, le sigue el pago del segundo plazo. Por lo que llegado el 5 de noviembre, el organismo público cobrará en la cuenta bancaria indicada el importe correspondiente.
Fechas importantes
Después de haber hablado de las diferentes formas de pago y fechas de los mismos, en nuestro artículo sobre el calendario de la declaración de la Renta, puedes ver todas las fechas claves.
Los fechas de esta campaña de la Renta son:
- 2 de abril hasta el 30 de junio: presentación por Internet de la declaración 2024.
- 6 de mayo hasta el 30 de junio: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2024 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio).
- 2 de junio hasta el 30 de junio: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2024 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio).
- 5 de noviembre: último día para pagar la segunda cuantía de la declaración si se escogió pago fraccionado de la misma.
Ahora que ya sabes qué implica y cómo se gestiona el pago fraccionado de la declaración de la Renta, podrás solicitarlo el año que viene si la declaración te sale a pagar. Por nuestra parte, te recomendamos la lectura de nuestro artículo sobre cómo pagar el IRPF con tarjeta de crédito y Bizum que seguro que te servirá de ayuda en un futuro cercano.
Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.