Renunciar a una herencia: ¿es posible?

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Recibir una herencia no siempre favorece a los herederos. Los motivos son diversos: la posibilidad de que los trámites para obtenerla lleguen a costar más que lo percibido, que lo heredado no sea del interés del beneficiario o que el fallecido tenga deudas.

¿Puedo renunciar a una herencia? La respuesta es sí. Pero te advertimos de que la mayoría de las veces aceptar o renunciar a una herencia no es tarea sencilla. Antes de decidir qué hacer tendrás que pensar en los beneficios que obtendrás, pero también en los inconvenientes. A continuación, te explicamos de manera detallada qué debes tener en cuenta y cómo es todo el proceso.

Realizar una valoración de bienes para una herencia

Para tener claro si vale la pena aceptar una herencia o, por el contrario, es preferible renunciar a ella, se debe realizar antes una valoración de bienes.

La valoración de bienes de una herencia analiza el valor real de todos los activos y pasivos que componen la herencia. Para ello se calcula el valor catastral de los bienes inmuebles, se consideran los saldos y valores, las empresas de las que fuese titular o accionista y, por otra parte, todos los créditos, préstamos o hipotecas pendientes, así como todos los gastos que se generen a causa de la herencia y el funeral.

En caso de repartir la herencia entre varios herederos, esta valoración se realiza normalmente antes para garantizar un reparto equitativo. Si no se ha realizado con antelación, esta valoración permitirá obtener el valor neto a heredar, separar impuestos y tasas y ver con claridad si es más conveniente aceptar o renunciar la herencia.

¿Cómo se renuncia a una herencia?

Ya tenemos la valoración de bienes realizada, si la balanza se ha inclinado a favor de renunciar a la herencia, te interesará conocer el proceso a seguir.

Se entiende que acepta la herencia en el momento del fallecimiento, para repudiarla se debe comparecer en notaría o hacerlo por la vía judicial. Por otra parte, no es posible renunciar a la herencia antes del fallecimiento.

Toda persona que aparezca en el testamento como heredero o legatario puede renunciar a la herencia, no obstante, hay una serie de situaciones en las que deben intervenir las autoridades judiciales o competentes:

  • Si el heredero es menor de edad o tiene alguna incapacidad por la que necesite de la ayuda de otras personas. En estos casos, los padres o tutores legales serán los responsables de tomar la decisión.
  • Si la herencia es para una asociación, fundación u organización. En esta situación, para renunciar a la herencia será necesaria la aprobación judicial con audiencia del Ministerio Fiscal.
  • Si la herencia es para una administración pública, será necesario el consentimiento del Gobierno para poder rechazarla.

Una vez realizada la renuncia de la herencia no es posible anular esta operación, solo en caso de demostrar que existen errores en la realización.

¿Cuáles son los documentos y plazos para renunciar a una herencia?

La renuncia de la herencia debe hacerse mediante escritura pública ante notario al menos 9 días después del deceso.

No existe un plazo límite determinado para para renunciar a la herencia, pero debe realizarse antes de que expire el plazo voluntario para la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, de modo que no llegue a aplicarse.

Si hay algún interesado en saber si el heredero acepta o renuncia la herencia, puede acudir al notario para que le comunique al heredero que tiene un plazo de 30 días naturales para aceptar o renunciar la herencia. Entendiendo que acepta si no manifiesta su voluntad dentro de este plazo.

¿Cuesta dinero rechazar una herencia?

Aunque renuncies a la herencia, tendrás que hacer frente a una serie de costes asociados a esta gestión que variarán dependiendo de cada situación:

  • La escritura pública que se debe formalizar ante notario para rechazar la herencia tiene un coste de alrededor de 100 euros. Si es una renuncia simple, este es el único coste a asumir.
  • En caso de renunciar a la herencia a favor de una persona determinada, lo que se conoce como renuncia traslativa, se exigirá el Impuesto Sobre Sucesiones. Si se renuncia antes de que prescriba el Impuesto Sobre Sucesiones, el renunciante deberá pagar dicho impuesto y los favorecidos pagarán el Impuesto de Donaciones si no se ha mediado precio, o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales si se ha mediado precio. En cambio, si se renuncia después de que prescriba el Impuesto de Sucesiones, la persona que renuncia no deberá pagar el impuesto y los favorecidos tributarán por el Impuesto de Donaciones.

¿Se puede pedir un préstamo para aceptar una herencia?

Como cierre, vamos a contemplar otro escenario posible que se puede dar a la hora de aceptar o rechazar una herencia: ¿Qué pasa si se quiere aceptar una herencia pero el principal problema es la falta de liquidez para afrontar los impuestos y gastos derivados?

En esta situación, la solución idónea es pedir un préstamo que permita hacer frente a todos estos gastos y poder disfrutar de la herencia.

Puedes solicitar un préstamo en ABANCA aportando una mínima documentación, para que la falta de liquidez actual no sea un impedimento para recibir una herencia de tus seres queridos. Consulta las condiciones de este producto en abanca.com.

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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