Cuando vamos a hacer la declaración de la renta, a pesar de que revisamos una y otra vez que todo está bien, siempre hay algo que puede faltar (un documento, una casilla, una deducción, etc.). Por suerte, la Agencia Tributaria sabe muy bien que errar es de humanos y, por eso, pone a nuestra disposición la declaración complementaria.
En el siguiente artículo, te contamos qué son exactamente este tipo de declaraciones, cómo funcionan, cómo modificar una declaración presentada y cuándo se presentan.
- ¿Qué es una declaración complementaria?
- Cuándo presentar una declaración complementaria
- Cuándo no se presenta una complementaria
- Cómo modificar una declaración ya presentada
- ¿Hay sanción por presentar una complementaria fuera de plazo?
Declaración complementaria: qué es
Como su propio nombre lo indica, una declaración complementaria completa o modifica una declaración de la renta anterior. Es decir, sirve para modificar datos erróneos, actualizar información o añadir otros datos nuevos que se han omitido y no aparecen en la original. Como explica la Agencia Tributaria, el complemento de la declaración se hace cuando el resultado de la renta es una cantidad mayor a pagar, o una cantidad a devolver o a compensar inferior a la que se había declarado.
En general, es una oportunidad para rectificar la declaración sin esperar a que la Agencia Tributaria inicie un proceso de revisión o inspección, que puede derivar en sanciones.
Sus principales características son:
- Siempre debe existir una declaración anterior, ya sea una declaración trimestral de IVA (modelo complementario 303) o una declaración de renta.
- Corrige un error que podría haber causado un perjuicio económico a Hacienda o al contribuyente.
- Se puede presentar la declaración complementaria de forma voluntaria antes de que la Administración notifique los errores. Al hacerlo de forma voluntaria, generalmente, conlleva sanciones más leves comparadas con las que se podrían aplicar si la corrección es resultado de una revisión o inspección.
- Como explica la Agencia Tributaria, se puede presentar para ejercicios fiscales anteriores siempre y cuando no hayan prescrito. Es decir, que no hayan pasado más de cuatro años, después del día en que finalizó el plazo de declaración.
- Siempre supone un mayor importe a ingresar o una menor devolución.
Cuándo presentar una declaración complementaria
Como hemos avanzado, las declaraciones complementarias sirven para hacer un cambio en la declaración que se presentó con anterioridad. El plazo de presentación de la declaración complementaria es el plazo establecido para la presentación del impuesto que se vaya a modificar, o posteriormente.
Se emplean con diversos fines, como:
Declarar algo que ha sucedido después de presentar la declaración
Para declarar algo que, por el motivo que sea, no presentaste en el plazo reglamentario.
Por ejemplo, si has cobrado unos salarios atrasados de hace un par de años que afectarían al ejercicio de la declaración ya presentada. O si ocurre un cambio en la situación familiar o individual, como matrimonio, divorcio, nacimiento de hijos, etc., que no fueron reportados y que afectan tu situación fiscal.
En este supuesto tendrás que declararlos antes de que finalice la siguiente campaña de la renta, pero a través de una declaración complementaria que se refiera a hace dos años. Esto es así porque se corresponde con la fecha en la que se generó el derecho a cobrar ese capital.
Reflejar un cambio de parecer en la aplicación de las normas
Un ejemplo sería si recibes información de tu asesor de que se han modificado criterios jurisprudenciales o administrativos y consideráis oportuno declararlo de un modo distinto. Aunque haya que pagar más, quizá evites posibles inspecciones.
También es importante saber que las pérdidas del derecho a deducciones que se aplican en declaraciones anteriores se regularizan en la declaración complementaria.
Resolver errores fiscales
La declaración complementaria es el remedio para solucionar equivocaciones y olvidos, siempre que al presentarla tengas que pagar más. Puede que te hayas equivocado al poner las cifras, no hayas rellenado todo o te hayas confundido de casilla, entre otras opciones.
Cuándo no se presenta una declaración complementaria
No se presenta una declaración complementaria en aquellos casos en los que la modificación implica una devolución de dinero (bien por haber pagado de más, bien por haberte devuelto de menos).
Para esos casos, lo que se haría es solicitar la rectificación de la declaración de la renta. Después, será la Agencia Tributaria la que lo tendrá que aprobar.
También hay que tener en cuenta los criterios de imputación temporal que marca la Agencia Tributaria. Hay casos en los que algo que afecta al pasado se declara más adelante. Un ejemplo de ello son las cantidades derivadas de una sentencia: en este caso, se declara como una renta más en el año en el que la sentencia adquiere firmeza.
Cómo hacer una declaración complementaria
Para modificar una declaración ya presentada, debes ir al servicio de ayuda online de la Agencia Tributaria para tramitar y presentar la declaración de la renta 2023, antes de que acabe el plazo el 1 de julio de 2024. Para ello deberás:
- Identifícate. Puedes emplear Cl@ve PIN, el número de referencia, certificado o DNI electrónico.
- Verificar que tu declaración está presentada en “Estado de Tramitación”. Dentro del apartado “Servicios disponibles”, debes entrar en “Modificar declaración”.
- Hacer clic en el subapartado “Modificar declaración presentada”.
- Indicar si la complementaria es para una devolución menor de la obtenida inicialmente o por otra razón. Si la Agencia Tributaria ha señalado discrepancias en ciertas casillas de tu declaración anterior, verás un mensaje que te guiará sobre cómo proceder. En este caso, deberás hacer clic en “Modificar declaración presentada” y luego seleccionar la opción “Complementaria a un clic“.
- Ten en cuenta si vas a modificar una o varias declaraciones individuales o una conjunta. Se abrirá una ventana que te permitirá elegir específicamente cuál de ellas quieres modificar.
- Deberás ingresar al “Resumen de declaraciones“. Desde esta sección, puedes hacer cambios directamente haciendo clic en los números de los hipervínculos en el resumen para acceder a los conceptos específicos, o puedes optar por utilizar la sección “Apartados declaración” para un acceso más detallado.
- Dentro de “Apartados declaración“, busca la opción “Modificar declaración Renta 2023 ya presentada“. Si vas a realizar una nueva declaración, ya sea la segunda o posterior, que ajusta una previamente enviada, selecciona la opción marcando la casilla junto al ícono del lápiz. Si, por el contrario, necesitas cambiar el tipo de modalidad de tu declaración (de individual a conjunta o viceversa), deberás iniciar una nueva declaración directamente desde el “Resumen de declaraciones“.
- Verás una ventana emergente que te mostrará el importe a ingresar o la devolución indicada en tu declaración previamente presentada. Si este importe no se muestra automáticamente, deberás ingresarlo manualmente en el campo designado. Una vez hecho esto, haz clic en “Modificar declaración“.
- En la misma ventana emergente, deberás seleccionar la opción que corresponda al tipo de declaración complementaria que estás haciendo y añadir el importe correspondiente, ya sea el total a ingresar o a devolver según tu declaración anterior.
- Al confirmar estos datos, la ventana te mostrará la declaración resultante con la casilla correspondiente marcada, indicando el motivo por el cual estás realizando la declaración complementaria. Confirma la información pulsando “Aceptar“.
- Pulsando “Resultado de la modificación”, se abrirá una nueva ventana donde podrás visualizar el resultado final de la declaración complementaria que has realizado.
- Presenta la declaración modificada. Después de revisar los cambios en tu declaración, asegúrate de usar la función “Validar” para confirmar que toda la información está correcta y que no hay errores. Una vez verificado todo, finaliza el proceso pulsando el botón “Presentar declaración“.
Opciones de pago de la declaración complementaria
Cuando presentas una declaración complementaria, tienes varias opciones de pago disponibles.
- Domiciliación bancaria. Esta opción solo está disponible si presentas la declaración antes del 26 de junio de 2024. Podrás domiciliar el pago en una cuenta con IBAN de una entidad colaboradora de la AEAT.
- Pago electrónico. Puedes pagar el importe completo generando un NRC (número de referencia completo), que sirve como justificante. O puedes hacer el pago directamente en tu entidad bancaria, ya sea en oficinas o a través de la banca electrónica.
- Documento para ingreso en banco. Si prefieres, puedes obtener un documento para realizar el pago directamente en un banco o caja de una entidad colaboradora. Ten en cuenta que, aunque la declaración quede presentada, el pago estará pendiente hasta que se realice físicamente.
Recuerda que el pago de las autoliquidaciones complementarias, sin importar a qué ejercicio fiscal pertenezcan, no se puede fraccionar en dos plazos.
¿Hay sanción por presentar una declaración complementaria fuera de plazo?
La sanción por presentar una declaración complementaria fuera de plazo será la misma que por no presentar la renta a tiempo. Si se realiza fuera del último plazo, se considera una declaración extemporánea.
Como mencionamos, si se presenta de forma voluntaria, generalmente no implica sanciones duras. Pero en caso de hacerlo con posterioridad al plazo del impuesto, se te podrán imponer recargos por aplicación del artículo 27 de la Ley General Tributaria.
Si es Hacienda la que detecta el error o la omisión, recibirás un requerimiento de inicio de procedimiento de comprobación. Esto podría dar lugar al comienzo de un procedimiento sancionador.
Recuerda que si el resultado de tu declaración complementaria es a ingresar, puedes domiciliar el pago en tu tarjeta bancaria. Y, si te sale a pagar, puedes hacer el pago con tu tarjeta de crédito de ABANCA desde la página web de la AEAT y aplazarlo desde tu móvil al instante con el servicio de pago fraccionado.
Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.