Si vives con tu pareja, si has dado el sí quiero este año o estás a punto de hacerlo, seguro que te asaltan dudas sobre cómo gestionar las finanzas en pareja y te has encontrado con el concepto de “capitulaciones matrimoniales”. En Cuentas Claras queremos ayudarte para que conozcas todas las posibilidades que tienes a tu alcance y arrojar más luz sobre la cuenta conjunta.
Las mentiras financieras, despilfarrar dinero o crear dependencia económica son grandes problemas en cualquier pareja. Por eso, aclarar la cuestión económica de inicio será de gran ayuda para que la relación no se desgaste.
Capitulaciones matrimoniales, ¿qué son?
El régimen económico del matrimonio regula los derechos y obligaciones de cada uno de los cónyuges en relación a los bienes de que dispone la pareja. Se puede pactar ante notario antes o después de la boda en un contrato conocido como capitulaciones matrimoniales, que se inscribe en el Registro Civil junto con la notificación del matrimonio. Este documento se puede modificar de común acuerdo en cualquier momento durante el matrimonio.
Elegir uno u otro régimen puede tener consecuencias relevantes en determinadas circunstancias, por lo que debéis elegirlo de manera consciente. En el Código Civil Español encontramos tres regímenes económicos del matrimonio:
- Con el régimen de gananciales, las ganancias y beneficios obtenidos por los cónyuges son comunes para ambos.
- En el régimen de separación de bienes los patrimonios de los cónyuges coexisten completamente separados durante toda la vida del régimen.
- En el régimen de participación cada uno de los cónyuges conserva su autonomía patrimonial y, en el momento de su disolución, entra en juego el principio de solidaridad entre ambos. De esta forma, se genera un derecho a participar en las ganancias obtenidas.
Cuenta conjunta o cuentas separadas, ¿qué es mejor para las parejas?
Una de las primeras decisiones que debéis tomar al convivir en pareja y al contraer matrimonio es la de unir o mantener separadas las cuentas bancarias. ¿Qué ventajas e inconvenientes tiene una u otra opción?
Cuentas separadas
En el caso de que os decidáis por mantener cuentas separadas, la principal ventaja es la independencia y la libertad económica que esto os da a cada uno. Pero no todo son puntos positivos. Esto puede resultar ineficiente para la gestión del dinero familiar, ya que los gastos comunes se van pagando a medias. Algunas parejas incluso llevan una planilla de Excel para tener bien visualizado quién paga más o menos.
Cuenta conjunta
Compartir una única cuenta corriente en la economía familiar os facilitará el control de gastos e ingresos, además de llevar una gestión centralizada. Una cuenta conjunta os permitirá echaros una mano mutuamente, tanto en tiempos de escasez como de bonanza. Con la Cuenta Clara de ABANCA podréis tener una cuenta común para el día a día y, ¡y sin comisiones! Además, con la Cuenta Clara podréis elegir qué porcentaje del dinero y las deudas le corresponde a cada titular. Por defecto es 50%/50%.
Sin embargo, el principal inconveniente de una única cuenta común es en caso de separación o el divorcio (¡pero esperemos que no sea el caso!).
Combinación de cuentas conjuntas y separadas
Una alternativa es distinguir entre “lo nuestro”, “lo tuyo” y “lo mío”. Aunque hayas optado por compartir tu vida con otra persona, los expertos recomiendan que cada uno mantenga cierto grado de independencia para gestionar su dinero. La combinación de cuenta conjunta y cuentas separadas es muy beneficiosa. De esta forma cada uno mantiene dinero para sus gastos personales y al mismo tiempo hay un fondo común con el que llevar los gastos de la casa y la gestión familiar.
Recomendaciones en cuentas conjuntas
En vuestra cuenta conjunta para los gastos comunes como la hipoteca, la factura de la luz, el agua, la comunidad o la comida, es conveniente que cada miembro de la pareja tenga una tarjeta de débito y una tarjeta de crédito para sacar dinero y para pagar los gastos no domiciliados. Además, es aconsejable que tengáis en cuenta las siguientes recomendaciones:
- Poneos de acuerdo de antemano sobre qué gastos consideráis comunes. Es imprescindible que lo comentéis y lleguéis a un acuerdo antes de utilizar la tarjeta para cualquier adquisición importante. De esta forma, evitaréis problemas futuros.
- Dedicad una parte de los ingresos al ahorro. Independientemente de los gastos fijos del hogar, es recomendable que destinéis, por lo menos, el 10% de vuestras ganancias al ahorro. Esto ayudará a cumplir objetivos financieros de corto y de largo plazo, y cubrir imprevistos.
- Asignad una parte de los ingresos al ahorro con una cuenta remunerada. Con la Cuenta Clara, tenéis un depósito remunerado que os permitirá ahorrar de forma automática y obtener rentabilidad. Además, podréis disponer del dinero siempre que lo necesitéis.
- Fijad metas comunes y cread presupuestos. Definir metas de corto y de largo plazo, así como crear presupuestos familiares, son algunas de las herramientas que os facilitarán la vida en pareja. De esta forma, podréis programar metas de ahorro para comprar una casa, programar unas vacaciones, cambiar de coche o invertir en un plan de pensiones para el futuro.
¿Cómo se presenta la declaración de la Renta?
Una vez casados, existe la opción de presentar la Declaración de la Renta de forma individual o conjunta. Esta opción existe tanto si los dos cónyuges trabajáis, como si sólo tiene ingresos uno de los dos. Si se hace de forma conjunta, se suman los ingresos, gastos, retenciones… y se calculan las deducciones aplicables para el conjunto. Pero, ¿qué es lo más favorable? Todo depende de las circunstancias particulares de la pareja.
En general, la tributación conjunta sale más favorable cuando uno de los miembros no tiene ingresos, o cuando tiene ingresos muy pequeños. La tributación individual suele salir más favorable cuando se tiene una hipoteca o cuando cada cónyuge tiene ingresos elevados, ya que el importe de las deducciones a las que tiene derecho será mayor.
De todas formas, siempre conviene calcular la declaración para las dos modalidades, individual y conjunta, para saber cuál os conviene.
Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.