¿Qué es la comisión de apertura de la hipoteca?

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Cuando buscamos una hipoteca, es normal que no paren de surgir dudas. ¿Cómo puedo calcular la cuota de mi hipoteca?, ¿se puede desgravar la hipoteca en la declaración de la renta? o ¿cómo cancelo mi hipoteca? son algunas de las muchas preguntas que nos solemos hacer si hemos firmado un préstamo hipotecario. 

En este post despejamos todas tus posibles incógnitas sobre este elemento que quizá te suene familiar: la comisión de apertura de la hipoteca. Analizamos a continuación qué es la comisión de apertura, por qué se paga, cómo se calcula y más.

Qué es la comisión de apertura y por qué se paga

La comisión de apertura de una hipoteca es una retribución que puede cobrarte el banco cuando te concede un préstamo hipotecario. Se devengará de una sola vez en el momento de la formalización y englobará la totalidad de los gastos de estudio, tramitación o concesión del préstamo u otros similares inherentes a la actividad del prestamista ocasionada por la concesión del préstamo (tales como el estudio de la viabilidad de la operación, análisis de la solvencia del prestatario, estado de cargas sobre el bien inmueble a hipotecar, etc.).

En el caso de préstamos denominados en divisas, la comisión de apertura incluirá, en sí misma, cualquier comisión por cambio de moneda correspondiente al desembolso inicial del préstamo. 

Debes de tener en cuenta que tu entidad ha de informarte adecuadamente antes de la formalización del préstamo hipotecario del importe al que ascenderá la comisión de apertura, los servicios efectivamente realizados o los gastos habidos para el cobro de la misma, y que solo se podrá repercutir cuando hayas formalizado el préstamo.

,La comisión de apertura es uno de los desembolsos que tendrás que realizar si solicitas un préstamo hipotecario. Aunque el importe de dicha comisión lo fija libremente cada entidad, siempre tendrá que informarte por adelantado y podrás decidir si te conviene formalizar el préstamo hipotecario en dichas condiciones.

Cómo se calcula la comisión de apertura de la hipoteca

Lo más habitual es que el importe de la comisión de apertura de las hipotecas se calcule sobre un porcentaje de la cantidad total del préstamo concedido  (en ocasiones, con el límite de un mínimo).  

Por ejemplo, para una hipoteca de 100.000 € con una comisión del 1% y un mínimo de 500 €, la cuantía a pagar en concepto de comisión de apertura será de 1.000 €. 

Si la hipoteca fuese de 45.000 € con la misma comisión del 1%  y el mínimo de 500 €, la cuantía a pagar en concepto de comisión sería el mínimo de 500 €.

Los servicios prestados que la entidad suele repercutir dentro de esta comisión serían, entre otros: 

  • La realización de algunos estudios basados en el tipo de hipoteca, el tipo de interés, la cuantía que se solicita y el plazo de amortización.
  • El análisis de la solvencia para evaluar la capacidad económica del cliente y conocer las posibilidades que tiene de devolver el préstamo. 
  • La redacción de un modelo de préstamo donde se incluye la comisión de apertura de la hipoteca, el importe total, gastos e intereses a pagar. 

Si la entidad nos concede una ampliación del capital del préstamo, debemos saber que la comisión de apertura tiene que limitarse únicamente al capital ampliado, ya que, si no es así, se estaría duplicando una comisión que se liquidó anteriormente en la concesión original del préstamo hipotecario.

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Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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