Ayudas a la contratación: ¿buscas nuevos empleados para este verano?

Llega la época estival y son muchos los negocios que se ven obligados a aumentar su número de empleados. La demanda de servicios en ciertos sectores aumenta con la llegada del verano y esto tiene como consecuencia, el incremento de las posibilidades de encontrar un empleo. ¿Dónde? En el sector de las ventas debido a las rebajas, y en aquellos ámbitos relacionados con el turismo, como en los hoteles, la restauración, el ocio, el transporte… y en muchos otros. Además, aquellos negocios que tengan la necesidad de contratar personal durante este verano sabrán que existen bonificaciones y ayudas a la contratación que pueden beneficiarle en gran medida. Y si no, se lo contamos nosotros.

Las ayudas a la contratación son, ni más ni menos, que incentivos que ofrece la Seguridad Social a las empresas y los autónomos de nuestro país para fomentar la contratación de personal. Así, en función de las personas que se contraten y de los colectivos a los que estas pertenezcan, las empresas obtendrán beneficios fiscales que se traducen en una reducción de los costes que tendrán que pagar por trabajador contratado.

El objetivo de estas medidas del Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE)como ya comentamos, no es otro que fomentar la inclusión de aquellas personas que, por lo general, tienen más dificultades para acceder al mercado laboral. Hablamos de personas menores de 30 años y mayores de 45; de personas con discapacidad, en situación de exclusión social y víctimas; del fomento de la conciliación; de la contratación de autónomos y de trabajadores de Empresas de Trabajo Temporal (ETT); de la conversión de contratos en indefinido; del mantenimiento del empleo y de los contratos temporales e indefinidos a colectivos específicos.

Ayudas a la contratación para empresas en Galicia

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A continuación comentaremos algunos de los colectivos sujetos a las bonificaciones y ayudas a la contratación, qué requisitos deben cumplirse para acceder a las mismas y cuáles son las ventajas fiscales que suponen las ayudas del SEPE.

Ayudas a la contratación de personas menores de 30 años

Estas ayudas, que se introdujeron en 2013 gracias a la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven,  y se complementaron con una serie de Medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, suponen un gran número de bonificaciones a la Seguridad Social para las empresas y los autónomos que realicen contratos indefinidos, temporales, a tiempo parcial y en prácticas; que incorporen a jóvenes como socios en cooperativas y sociedades laborales y, por último, que contraten, sin superar los 30 años edad, a personas mayores de 45.

Las medidas son las siguientes:

  • Bonificaciones del 100% de las cuotas de la Seguridad Social para aquellos que contraten a jóvenes indefinidamente, ya sea a jornada completa o a tiempo parcial.
  • Bonificaciones del 100% para los jóvenes que contraten a personas mayores de 45 años.
  • Bonificaciones del 100% para empresas y autónomos que contraten a personas menores de 30 años a tiempo parcial con el objetivo de formarlas.
  • Bonificaciones del 50% para contratar a personas sin experiencia laboral previa.
  • Bonificaciones durante tres años para quien contrate de forma temporal a jóvenes sin experiencia laboral y, además, los haga indefinidos al poco tiempo.
  • Bonificaciones durante tres años para aquellas cooperativas y sociedades laborales que incorporen a personas menores de 30 años como socios trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social.

Ayudas a la contratación de mayores de 45 años

Por norma general, las opciones de encontrar empleo una vez superada la barrera de los 35 se reduce de manera considerable. Las posibilidades descienden a medida que se cumplen años y, por ello, el Gobierno establece las siguientes medidas:  

  • Bonificaciones en la Seguridad Social de 1.300 euros anuales por cada contratación indefinida en empresas de menos de 50 empleados. En el caso de tratarse de una mujer contratada en un sector en el que la representación femenina sea reducida, la cifra asciende a los 1.500 euros.
  • Bonificaciones en las contrataciones a jornada completa y de manera indefinida de personas mayores de 52 años. La cuantía y la duración de la ayuda dependerá del Programa de Fomento de Empleo.
  • Ayudas del 100% durante el primer año para las contrataciones de personas mayores de 45 años en proyectos de emprendimiento, siempre y cuando se realice de manera indefinida.
  • Reducción del 100% en la cuota por contingencias comunes al contratar a personas de más de 65 años que tengan cotizados, como mínimo, 38 años y 6 meses.

Ayudas a la conciliación de la vida personal, laboral y familiar

Las empresas que realizan contratos de interinidad para fomentar la conciliación de sus empleados también podrán disfrutar de ayudas durante todo el tiempo que dure la sustitución. El nuevo contrato debe producirse para sustituir a personas que:

  • Disfruten de una excedencia para cuidar a familiares.
  • Estén de baja por maternidad, adopción, acogimiento, paternidad o riesgo durante el embarazo o la lactancia.
  • Trabajadoras víctimas de violencia de género que se hayan acogido a la movilidad o a un cambio de centro de trabajo, también podrán disfrutar de ayudas.

Ayudas a la contratación de personas con discapacidad

Cuando una empresa contrata de manera indefinida y a jornada completa a una persona con discapacidad igual o superior al 33%, recibe una bonificación de 4.500 euros anuales, 5.100 en caso de discapacidades intelectuales superiores al 33%, parálisis cerebral, enfermedades mentales o discapacidades físicas y sensoriales a partir del 65%. Además, si las personas contratadas tienen más de 45 años, las cantidades aumentarán en 12.000 euros al año; y en caso de ser mujeres, en 850. También conviene destacar, entre otros muchos aspectos que la subvención asciende a 3.907 euros cuando se realiza una contratación indefinida a tiempo completo o alguien pasa a ser indefinido.

Los negocios que quieran solicitar estas bonificaciones deben comprometerse a dar estabilidad al contratado durante, al menos, tres años y además este no puede haber tenido ningún vínculo con la empresa en los dos años anteriores. También conviene destacar que si se produce un despido procedente se debe sustituir al empleado por otra persona con discapacidad.

Ayudas a la contratación de víctimas y de personas en situación de exclusión social

El Gobierno otorga cuantías anuales de la bonificación de la Seguridad Social para la contratación de víctimas de trata de seres humanos (durante los dos primeros años), violencia de género, terrorismo o violencia doméstica (durante los cuatro primeros años en caso de contratos indefinidos y durante la totalidad de los contratos temporales). Además, también lo hace con las contrataciones a trabajadores en situación de exclusión social.

La contratación de autónomos, y de trabajadores de Empresas de Trabajo Temporal (ETT); la conversión de contratos en indefinidos; el mantenimiento del empleo y el paso, en colectivos específicos, de temporal a indefinido, también se acogen a estas ayudas a la contratación que pueden suponer grandes beneficios fiscales para tu empresa. Toda la información, de manera clara y resumida, en este documento oficial del SEPE.

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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