Mejorar la eficiencia energética de tu hogar te permite utilizar menos energía y ahorrar las facturas a final de mes. Para ayudarte en esta tarea, existe la deducción en el IRPF por eficiencia energética en obras, entre otros incentivos.
La llegada de la factura de luz y gas hace que busquemos cómo reducir el consumo del hogar, ahorrar en la calefacción y en todos los tipos de consumo energético en general. Las alternativas renovables como las placas solares van ganando terreno y contamos con ayudas, como los fondos Next Generation.
Estos fondos de recuperación subvencionan las reformas que tengan el objetivo de hacer las viviendas más sostenibles. En este post puedes ver los ejes principales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que forma parte de los fondos Next Generation.
A continuación, te enseñamos la nueva deducción por eficiencia energética en la declaración de la renta: las diferentes deducciones que existen, sus requisitos y cómo se aplican. ¡Esto te interesa!
La nueva deducción en el IRPF por eficiencia energética
El Gobierno aprobó tres deducciones en el IRPF el 15 de junio de 2022, con el objetivo de proteger a los consumidores del incremento en los costes energéticos. Estas deducciones se aplican en las inversiones realizadas para mejorar la eficiencia energética de los hogares y tiene diferentes porcentajes en función del tipo de obra.
El certificado de eficiencia energética
Para poder acceder a una desgravación por eficiencia energética es necesario disponer de un certificado de eficiencia energética, con el que probar las obras de mejoras que se están realizando.
El certificado de eficiencia energética es un documento que mide que hay un impacto real en el consumo de energía o el aislamiento de la vivienda. Debe ser emitido por profesionales de la certificación energética y es obligatorio para los edificios nuevos y reformas en los existentes, si van a venderse o alquilarse. Esta normativa aparece recogida en el Real Decreto 390/2021 de 1 de junio.
Para tener la deducción en el IRPF por obras de mejoras en la eficiencia energética, o para solicitar cualquier otra subvención relacionada, son necesarios dos certificados de eficiencia energética:
- El primero emitido antes de iniciar las obras de mejora.
- El segundo emitido después de la finalización de las obras.
Además, no pueden transcurrir más de dos años entre la expedición de los dos certificados.
Tipos de deducciones por eficiencia energética en obras
Las deducciones por eficiencia energética en obras están en el apartado de deducciones generales de la cuota de la declaración de la renta. Aquí puedes encontrar tres tipos de deducciones diferentes según el tipo de obra:
- Obras para reducir la demanda de calefacción y refrigeración: deducción del 20%.
- Obras para reducir el consumo de energía no renovable: deducción del 40%.
- Obras de rehabilitación energética de edificios: deducción del 60%.
Las tres deducciones son incompatibles, es decir, no se puede aplicar más de una sobre la misma obra.
¿Qué gastos se pueden incluir?
- Los honorarios de profesionales, redacción de proyectos técnicos y dirección de obras.
- Los costes de ejecución.
- La inversión en materiales y equipos.
- Los propios certificados de eficiencia energética.
- Todos los demás gastos que sean necesarios para el correcto desarrollo de la obra.
Obras para reducir la demanda de calefacción y refrigeración
Se pueden deducir las obras para reducir la demanda de calefacción y refrigeración que permitan una reducción de al menos el 7%.
La base de la deducción corresponde a las obras realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2024, hasta un máximo de 5.000 euros. Teniendo en cuenta que la deducción es del 20%, la cantidad máxima a deducir es de 1.000 euros.
Obras para reducir el consumo de energía no renovable
Son deducibles las obras para reducir el consumo de energía no renovable que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable al menos un 30%. También los que consigan una mejora en la calificación energética, obteniendo una clase “A” o “B”.
La base a deducir es la inversión total en las obras relacionadas realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2024, con un máximo de 7.500 euros. El porcentaje de deducción es del 40%, por lo que la cantidad máxima deducible sería de 3.000 euros.
Obras de rehabilitación energética de edificios
Se pueden deducir las obras de rehabilitación energética de edificios que certifiquen una reducción de al menos el 30% en el consumo de energía primaria no renovable. También los que que mejoren la calificación energética del edificio para obtener una clase “A” o “B”.
La base de la deducción comprende la inversión total en estas obras desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2025, hasta un máximo de 5.000 euros por ejercicio. El porcentaje de esta deducción es del 60%, por lo que la deducción máxima sería de 3.000 euros. Las cantidades satisfechas no deducidas podrán deducirse en los cuatro ejercicios siguientes sin que la base acumulada de la deducción pueda superar los 15.000 euros.
De esta forma:
- Si el certificado se ha expedido en el período impositivo, se toma como base anual el gasto desde el 6 de octubre de 2021 hasta finalizar el período.
- Si el certificado se ha expedido en un ejercicio anterior, se toma el gasto del año.
Requisitos de las deducciones en el IRPF por eficiencia energética
Para poder beneficiarte de las deducciones en el IRPF por eficiencia energética en obras se deben cumplir unos requisitos:
- Deben ser obras realizadas en la vivienda habitual o en una vivienda de su propiedad que se alquile antes del 31 de diciembre de 2025. Para la deducción por rehabilitación energética de edificios, el usuario deberá ser el propietario, deberá ser en edificios de uso residencial y no puede estar afecta a actividades económicas.
- En las dos primeras deducciones, quedan excluidas las obras realizadas en partes de la vivienda destinadas a actividades económicas, garajes, trasteros, jardines, parques, piscinas o instalaciones deportivas.
- Las dos primeras deducciones se aplican en el período impositivo en el que se hayan expedido los certificados de las obras, una vez finalizadas. La fecha de expedición debe ser anterior al 1 de enero de 2025.
- Las cantidades deben ser satisfechas mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a las personas o entidades que realicen tales obras, así como a las personas o entidades que expidan los citados certificados.
Esperamos que este repaso por las diferentes deducciones por eficiencia energética te resulte de utilidad de cara a la próxima declaración de la renta. Asimismo, también es posible tener deducciones por la hipoteca y por movilidad geográfica. En el momento de realizar la próxima declaración, puedes domiciliar el pago o el cobro en tu cuenta bancaria fácilmente y simplificar así la gestión.
Si quieres saber más acerca de este tema, te recomendamos la lectura de nuestro artículo sobre las reformas que mejoran la eficiencia energética de una vivienda.
Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.