Impuesto Wallapop, Chicfy o Ebay: del 4% al 8%

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Lo has leído en Facebook, lo has visto en la televisión o te lo han comentado en la carnicería, pero ya te has enterado: las compras por internet de productos de segunda mano entre particulares pagarán un impuesto de entre el 4% y el 8% (también conocido como impuesto Wallapop). No se libra ninguna de las plataformas: ni Ebay, ni Wallapop, ni Chicfy, ni Mil Anuncios ni Amazon. O, al menos, así lo confirmaba el ministro de Hacienda, Cristobal Montoro, en unas declaraciones donde explicaba que las ventas por internet tributan igual que lo hacen las tradicionales. 

Hace unos meses te contábamos cómo funcionaban estas apps y, realmente, no existe ninguna novedad en materia tributaria: las ventas entre particulares tributan por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en la modalidad sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO).  La recaudación de este tributo corresponde  a las comunidades autónomas y por eso hay diferentes cifras dependiendo de la región ya que, aunque el tipo general aplicable para bienes muebles es el 4%, puede variar entre el 4% y el 8% dependiendo de la Comunidad.

Pero, ¿en qué se diferencia este tributo del IVA?

El ITP grava las transmisiones de bienes entre particulares que no desempeñan un actividad empresarial o profesional, mientras que el IVA se aplica a la entrega de bienes o prestaciones de servicios realizados en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional. En este sentido, gran parte de las operaciones realizadas en Wallapop, Chicfy o Mil anuncios no están sujetas a IVA ya que en la transacción no interviene un empresario o un profesional pero sí estarán sujetas al ITP, en su modalidad de TPO, como comentábamos antes.

El cobro ya lo sabemos pero ¿y el pago del impuesto Wallapop? ¿A quién corresponde?

La persona  obligada a realizar el pago del Impuesto es el adquirente de los bienes (el comprador) y la tributación se realizará en la comunidad autónoma donde resida fiscalmente el comprador, a través del formulario establecido al efecto por cada Comunidad, habitualmente, en el plazo de 30 días hábiles desde que se realizó la operación.

Por otra parte, si el vendedor consigue un beneficio al realizar la transacción tendrá que tributar por ello, por ejemplo si  ha comprado un disco duro externo en oferta por 100 € y unas semanas más tarde lo vende por 150 €; habrá obtenido una ganancia patrimonial de 50€ y tendrá que pagar por ella en la declaración de la renta según le corresponda.

Si compras o vendes por estos medios, recuerda que puedes hacerlo con total seguridad sin dar los datos de tu tarjeta. ¿Cómo? Pues utilizando las tarjetas virtuales para comprar por internet o enviando y recibiendo dinero con Bizum, que permite enviar y recibir dinero de forma instantánea a personas de cualquier banco ¡y totalmente gratis!

Pero, ¿realmente tenemos que tributar si nos compramos un escritorio o una silla en Wallapop por 25 euros?

Según la ley, sí. Porque, como decíamos, la venta de objetos entre particulares es una transmisión gravada por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y se debe liquidar un porcentaje del valor real de los bienes. Pero la realidad puede ser bien distinta, fundamentalmente paras los pequeños artículos ya que es difícil seguir su rastro y las Comunidades podrían encontrar dificultades para perseguir estas compraventas.

En definitiva, las alarmas ya han saltado, pero el aumento de este tipo de transacciones podría conducir a modificaciones legales que supongan un cambio en la manera de trabajar de las plataformas online, como ocurrió con el comercio electrónico o con Airbnb y las tasas turísticas de grandes ciudades como San Francisco o París.

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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