¿Es obligatorio declarar las criptomonedas?

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Las criptomonedas han ganado popularidad en los últimos años y se han convertido en un activo de interés para los inversores. Con su creciente auge, la normativa fiscal en España continúa evolucionando para adaptarse a esta realidad digital. Con este panorama, surge la pregunta: ¿es obligatorio declarar las criptomonedas? La campaña de la renta 2024 comienza el 02 de abril de 2025, y si tienes bitcoins u otras monedas virtuales presta atención porque este post te interesa. Te explicamos cómo declarar criptomonedas, cuándo es obligatorio hacerlo ¡y mucho más!

¿Debo declarar las criptomonedas?

A la pregunta de si hay que declarar las criptomonedas en la declaración de la renta, la respuesta es sí, es obligatorio siempre que obtengas ganancias o pérdidas de ellas. Según la Agencia Tributaria, cualquier compra, venta o intercambio de criptomonedas debe incluirse en la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), incluso si no se realiza en el marco de una actividad económica.

Sin embargo, si te preguntas si es obligatorio declarar criptomonedas si no se han vendido, comprado o cambiado, la respuesta rápida es que no, ya que la mera tenencia, sin realizar operaciones, no obliga a incluirlas en el IRPF.

Por tanto, será obligatoria la declaración de criptomonedas en los casos de:

  • Si vendes criptomonedas a cambio de euros (o cualquier otra moneda de curso legal o dinero electrónico aceptado como medio de pago) tendrás que declarar la diferencia entre el valor al que las compraste y al que las vendiste.
  • Si haces un intercambio cripto–cripto, también se considera una permuta, lo que implica que se genera una ganancia o pérdida.
  • Si obtienes criptomonedas haciendo staking, minería, rendimientos de plataformas de préstamos (lending) o similares, también se considera que has tenido ganancias de capital o rendimientos que hay que declarar.

Estas ganancias o pérdidas se calculan en función de la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión de las criptomonedas, y se consideran renta del ahorro, integrándose y compensándose en la base imponible del ahorro.

Es importante destacar que las criptomonedas de un mismo tipo son computables por unidades o fracciones de unidades. Esto significa que todas las unidades o fracciones de una criptomoneda tienen el mismo origen en un protocolo informático único y, por tanto, se consideran bienes homogéneos, como explican desde la Agencia Tributaria.

Además de las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de las operaciones con criptomonedas, este tipo de activos deben incluirse – para aquellos contribuyentes que estén obligados a ello y superen los umbrales fijados en la normativa- en la declaración del Impuesto sobre Patrimonio (modelo 714) y en el Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas (modelo 718).

Declaración de criptomonedas fuera de España

En la Ley contra el Fraude 11/2021 se establece la obligatoriedad de declarar las ganancias de las criptomonedas. Según esta ley, solo se obliga a las plataformas españolas o las que tienen establecimientos fijos en el territorio español a informar a Hacienda de la adquisición, transmisión, cobros y pagos realizados en monedas digitales.

Cuando se trata de intercambios extranjeros fuera de la Unión Europea, las plataformas no están obligadas a informar a Hacienda, aunque los usuarios sí deben declarar las ganancias de criptomonedas en el IRPF. Si la compra se ha realizado desde una cuenta bancaria de España, a la Agencia Tributaria se le informa de la compra en sí, pero no de la cantidad ni la criptomoneda que se ha comprado.

¿Dónde se declaran las criptomonedas?

La Agencia Tributaria ha reservado las casillas 1800 a 1814 para que se detallen, de forma clara, todos los movimientos realizados con criptomonedas.

En estos apartados deberás incluir:

  • Las transacciones realizadas. Cada operación, tanto las compras como las ventas o intercambios de criptomonedas.
  • El valor de las adquisiciones. El precio al que compraste las criptomonedas, que refleja el valor del intercambio y el coste de adquisición (lo que permite determinar la ganancia o pérdida obtenida en cada operación).

¿Cómo se declaran las criptomonedas?

Existen cuatro epígrafes donde pueden recogerse los intercambios con criptomonedas en la declaración de la renta:

  • Ganancias y pérdidas por transmisión: relacionada con la compra, venta e intercambio de criptomonedas.
  • Ganancias y pérdidas sin transmisión: son las monedas obtenidas por acciones diferentes a la compraventa.
  • Rendimientos de capital: constituyen los intereses o retornos obtenidos de plataformas de criptomonedas, como cuando se bloquean las criptomonedas en una wallet.
  • Actividad económica: se trata de la minería de criptomonedas, que es el proceso mediante el cual se registran las transacciones con estas monedas en una cadena de bloques (blockchain) y los llamados mineros reciben una comisión por ello. Requiere estar dado de alta como trabajador autónomo.

Respecto a los modelos específicos para declarar criptomonedas y monedas virtuales, aplican los siguientes:

  • Modelo 172: para declarar el saldo de monedas virtuales.
  • Modelo 173: para declarar las operaciones realizadas con criptomonedas.
  • Modelo 721: para declarar criptomonedas situadas en el extranjero. No será necesario este formulario siempre que los saldos de cada moneda virtual no superen, conjuntamente, los 50.000 euros.

La presentación de estas declaraciones es obligatoria desde 2024. Estas nuevas declaraciones se tienen que presentar entre el 1 y el 31 de enero de 2025, excepto el caso del modelo 721, que tiene plazo hasta el 31 de marzo de 2025. Se debe tener en cuenta que estos modelos dan más información a Hacienda, pero no aumentan los impuestos existentes, que incluyen el IRPF o el impuesto de patrimonio.

La obligación de presentar estos modelos recae sobre las empresas y personas que ofrezcan servicios relacionados con criptomonedas, tales como la intermediación en transacciones, la protección de claves criptográficas, y el cambio entre criptomonedas y monedas fiduciarias o entre diferentes monedas virtuales, como explican desde la Agencia Tributaria.

¿Cuándo hay que declarar las criptomonedas?

Desde 2024, cualquier operación con criptomonedas que genere ganancias o pérdidas debe ser declarada, independientemente de la cantidad. Esto incluye actividades como la compra y venta de criptomonedas, intercambios (swaps) de criptoactivos, la obtención de activos digitales a través de airdrops o forks, y las ganancias generadas por procesos como la minería, el lending o el staking. En cuanto a las pérdidas, es recomendable declararlas para poder compensar futuras ganancias.

Las ganancias obtenidas de transacciones con criptomonedas, como la compraventa, intercambio o por intereses, se consideran ganancias patrimoniales y tributan como tal.

Si quieres saber sobre más factores que obligan a tener que hacer o no la declaración de la renta, consulta este post.

¿Cómo se calculan las ganancias o pérdidas?

Las ganancias y las pérdidas patrimoniales de las criptomonedas se calculan como con las acciones: es necesario restar al valor real de transmisión el valor de adquisición y los gastos. Las plusvalías por compraventa y los rendimientos de capital que se generan en las plataformas tributan como rentas del ahorro.

Tipos impositivos de las criptomonedas

¿Y qué tipos impositivos tienen las criptomonedas? Los tipos que se aplican varían en función de la cantidad que se gana:

  • De 0 a 6.000 euros: se aplica un tipo impositivo del 19%.
  • Entre 6.001 y 50.000 euros: se fija un tipo del 21%.
  • De 50.001 a 200.000 euros: se aplica un tipo del 23%.
  • Entre 200.001 y 300.000 euros: se aplica un 27%.
  • A partir de 300.001 euros: se aplica el 28%.

¿Qué pasa al no declarar las criptomonedas?

Si has obtenido ganancias con las criptomonedas y no las reflejas en la declaración de la renta, Hacienda puede multarte. Las multas dependerán de la gravedad de la infracción que puede incluir desde presentarla con errores o incompleta, o directamente no presentarla.

En concreto, si se presenta una declaración de criptomonedas incompleta, la multa puede ser de 100 euros por dato no declarado (es decir, por cada criptomoneda), pero si no se declaran las criptomonedas teniendo la obligación de hacerlo la multa puede ser de 5.000 euros por cada moneda virtual no declarada.

Si realizas la declaración, pero no incluyes las operaciones hechas con criptomonedas, Hacienda podría tratar esas operaciones como ganancias patrimoniales en tu IRPF, lo que puede implicar un recargo del 20% sobre lo que debes pagar, o incluso sanciones que podrían llegar al 150% de esa cantidad.

Ahora que hemos visto cómo declarar criptomonedas este 2025, utilizadas principalmente en el metaverso, ya sabes cuáles son los pasos a seguir para hacer tu declaración de la renta correctamente si has obtenido beneficios con estos activos virtuales.

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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