¿Cuánto tiempo hay que guardar la declaración de la renta?

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Hay personas que guardan todos los recibos y tickets de compra en un sobre para tener, si no organizadas, al menos localizadas las facturas de sus finanzas personales. Hay otras personas que prefieren desprenderse de todo documento físico que, posiblemente, puedan recuperar de forma digital. Y, entre ambas actitudes, existe un equilibrio que convendría incorporar cuando te preguntes cuánto tiempo hay que guardar la declaración de la renta.

A continuación, te responderemos a esa pregunta, mientras te ofrecemos también una aproximación en torno a cuánto tiempo hay que guardar las facturas en España. Una práctica que puede salvarte de penalizaciones duras e inesperadas.

¿Cuánto tiempo hay que guardar la declaración de la renta?

A la hora de abordar los trámites tributarios, es lógico que te asalten muchas preguntas. Una que no es tan habitual, pero sí muy importante, es cuánto tiempo hay que guardar la declaración de la renta una vez hecha. La respuesta es simple: como mínimo, deberías guardarla durante al menos 4 años desde que finaliza el periodo voluntario de presentación. Y, ¿por qué este plazo? Pues porque es el tiempo que dispone Hacienda para revisar, tantas veces como quiera, tu documentación tributaria.

A fin de cuentas, si también te preguntabas cuántas declaraciones de la renta hay que guardar, esto ya te indica que debes conservar cuatro al mismo tiempo. Una por cada año de duración hasta la finalización del período de revisión, que es cuando prescribe la declaración de la renta en los casos generales. Pero, ¿qué se quiere decir con “casos generales”? Pues que hay casos concretos en los que el período de prescripción es mayor.

Excepciones en el período de prescripción

Por un lado están todos aquellos casos por los que se haya paralizado el proceso, se hayan realizado correcciones, declaraciones complementarias, etc. Aquí puedes encontrar:

  • Escrituras de compraventa de inmuebles.
  • Amortizaciones de mobiliario ya sea de pisos o locales alquilados.
  • Deducción por adquisición de una vivienda, como refleja la Agencia Tributaria.
  • Compensación de pérdidas y rendimientos negativos.
  • Reinversión en rentas en personas mayores de 65 años.

Si se interrumpe la prescripción por alguno de estos casos, el conteo volvería a iniciarse y Hacienda tendría de nuevo cuatro años para revisar el caso.

Por otro lado, está el caso de los autónomos. Ellos tienen la misma obligación que el resto de profesionales respecto a esta cuestión, pero, debido a sus propias características, la Agencia Tributaria puede que les demande más información con más frecuencia.

Ahora bien, ya seas autónomo o trabajador por cuenta ajena, si estás obligado a realizar la declaración, tu tarea no es únicamente presentarla y guardarla. Según la normativa fiscal del BOE, también deberás conservar la documentación que vayas a enviar anexa.

¿Qué deberías guardar junto a tu declaración?

Si Hacienda te ha mandado algún tipo de requerimiento, conocerás la sensación que te entra en el cuerpo al recibirlo. Por lo general se tiene una idea muy negativa de esto, pero si no hay nada que esconder, entonces no habrá nada de lo que preocuparse. Que la Agencia Tributaria requiera información no implica nada malo, pero sí te aconsejamos tener la información tributaria guardada y a mano.

Por si se da el caso, junto a la declaración, es aconsejable conservar todos los justificantes que confirmen que los datos que pusiste en la declaración son ciertos para poder aplicar las deducciones de forma correcta. Es decir, desde certificados de retenciones de IRPF a facturas que hayan dado derecho a ayudas o subvenciones, pasando por contratos de arrendamiento o donaciones.

¿Qué pasa si no guardaste la documentación necesaria?

Si incluyes deducciones en tu declaración, que es algo muy recomendable, deberás guardar todos los documentos que justifiquen que puedes beneficiarte de esas deducciones. Por norma general, no tendrás que enviar ningún tipo de justificante al aplicar tus deducciones, pero, en el caso de que Hacienda los requiera, los necesitarás. Si estos son requeridos y no se pueden presentar, se establecen sanciones que pueden oscilar entre los 150€ y los 6.000€.

Ahora que ya sabes cuánto tiempo hay que guardar la declaración de la renta, seguro que te vendrá bien tener a mano el Calendario de la renta 2024-2025. Además, como también puedes pagar el IRPF con tarjeta de crédito, te dejamos a tu alcance la Tarjeta Tú, la herramienta que necesitabas para organizar tus gastos y pagos de la forma que tú quieras.

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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